El reglamento de la 65 Serie Nacional de Béisbol exige a sus participantes defender la Revolución, establece restricciones para sus publicaciones en redes sociales y requiere autorización previa para conceder entrevistas. El documento también incluye disposiciones sobre la retención de jugadores, las contrataciones en el extranjero y la salida del país de determinados atletas de categorías inferiores con sus padres.
Las normas organizativas de la competencia aparecen acompañadas del Reglamento Disciplinario para el Sistema Competitivo del Béisbol y del Código de Ética. El anexo disciplinario corresponde a la Resolución 93 del INDER, fechada el 12 de agosto de 2020, por lo que el documento incorpora disposiciones anteriores a esta edición del campeonato.
El artículo 10 del reglamento disciplinario enumera entre las obligaciones comunes de los participantes “defender a la Patria, la Revolución y los principios del movimiento deportivo cubano”. También exige honrar los símbolos, héroes y mártires, asistir puntualmente a los entrenamientos, respetar a entrenadores y directivos y cumplir las normas de la competencia.
El artículo 22 establece la expulsión deshonrosa del sistema competitivo para quienes sean sancionados por determinadas conductas. Su redacción incluye motivos políticos, el abandono no autorizado de delegaciones o contratos, el dopaje y delitos graves.
“La persona que resulte sancionada por haber atentado contra los valores y principios de la Revolución, abandonar una delegación oficial o contrato internacional, sin autorización debida, dopaje o por haber cometido un delito intencional grave que afecte la ética y el prestigio del movimiento deportivo cubano, serán expulsados de manera deshonrosa del Sistema Competitivo del Béisbol”.
Ese artículo no enumera las conductas específicas que constituyen un atentado contra los valores y principios de la Revolución. El reglamento atribuye a la Comisión Nacional de Béisbol, CNB, la condición de máximo órgano disciplinario nacional.
El reglamento de la Serie Nacional regula entrevistas y publicaciones
El artículo 11 de las reglas de la Serie establece que las relaciones con los medios y la presencia individual en plataformas digitales deben tener como premisa “posicionar mensajes favorables a Cuba y su deporte ante la opinión pública”. Entre sus indicaciones figura una prohibición sobre el contenido compartido mediante cuentas personales.
“No emplear correos electrónicos, blogs personales y perfiles en redes sociales (Facebook, Twitter, YouTube, Flickr y otras) para socializar contenidos que no se avengan a los valores enarbolados por la Revolución Cubana, nuestro pueblo y el Movimiento deportivo cubano”.
La disposición también prohíbe manifestaciones ante los medios que vayan en detrimento del prestigio de la Revolución Cubana, el pueblo, el movimiento deportivo y el equipo. Asimismo, impide divulgar información que concierna únicamente al conjunto o al atleta, cuya definición debe acordarse con la dirección del equipo.
El Código de Ética requiere autorización para las entrevistas. En su apartado sobre las relaciones con los medios establece que no se concedan declaraciones a sus representantes “sin previa autorización de la dirección del equipo”.
Otro apartado del Código dispone que no se realicen comentarios que causen o puedan causar desprestigio a las autoridades del béisbol. El artículo 11 del reglamento disciplinario, por su parte, exige abstenerse de expresar opiniones públicas en detrimento de la dignidad y el decoro de las autoridades deportivas, y remite el ejercicio de ese derecho a los lugares y vías competentes.
El documento también reconoce derechos de los participantes. Entre ellos aparecen recibir un trato respetuoso, expresar opiniones, críticas y sugerencias en los lugares y formas adecuados y apelar decisiones ante las autoridades correspondientes.
El programa político-ideológico de la Serie Nacional es obligatorio
Las reglas del campeonato incluyen un programa político-ideológico y de formación de valores con visitas e intercambios en lugares históricos, patrióticos, museos y centros productivos de las provincias. Su cumplimiento involucra a las estructuras provinciales de Deportes y a la Comisión Nacional de Béisbol.
El texto precisa que “no se excusa a ningún miembro de los equipos, grupos de árbitros y comisarios técnicos” de participar en ese programa. Todos los integrantes de los equipos deben firmar además el Código de Ética, cuya acta debe entregarse en el congresillo técnico.
El director del conjunto tiene entre sus funciones responsabilizarse con el trabajo político-ideológico y apoyar a las organizaciones políticas del equipo. Los comisarios técnicos deben controlar el cumplimiento del programa, junto con otras tareas de supervisión deportiva.
Autorizaciones para viajar y retención después del contrato
El artículo 53 del reglamento disciplinario organiza distintas listas para jugadores y otras personas vinculadas al sistema competitivo. La lista de reserva comprende a integrantes de preselecciones nacionales de categorías inferiores y a atletas declarados de perspectivas inmediatas.
Para esos deportistas, el artículo establece que “su salida del país con sus padres requiere previa autorización del Director Provincial de Deportes y del Presidente de la FCB”. La lista también incluye a jugadores que sean reserva de sus provincias sin integrar los equipos de la Serie Nacional o del campeonato Sub-23.
En el apartado dedicado a los restringidos, el documento dispone que, una vez terminado el contrato de un jugador, la Dirección Provincial de Deportes o la Federación Cubana de Béisbol se reserva el derecho de retenerlo durante dos años. También contempla incorporar a esa lista a jugadores sin contrato para la temporada cuando resulten de interés para el movimiento deportivo.
Un jugador restringido no puede participar en la Serie Nacional, el campeonato Sub-23 ni partidos internacionales. El texto también condiciona al consentimiento de la CNB y la FCB su salida del país para jugar en otra liga o realizar otras actividades.
El retiro voluntario requiere una solicitud escrita al director provincial de Deportes y la conformación de un expediente que se remite a la CNB. Para jugar posteriormente por contrato con un equipo fuera de Cuba, el retirado necesita una validación provincial excepcional y el consentimiento escrito de la Comisión, que conserva la facultad de aprobar o rechazar la petición.
Los traslados entre provincias tienen condiciones propias. El artículo 60 establece que se realicen una sola vez, con posibilidad de regresar a la provincia de origen previa aprobación, mientras el artículo 61 permite retener el traslado durante dos Series Nacionales si no existe un sustituto.
Contactos con agentes y contratos en el extranjero
El artículo 18 considera falta grave mantener contacto con promotores, agentes, scouts u otro personal no autorizado por la Federación. En esa misma categoría incluye firmar un contrato con un club extranjero sin autorización de la FCB.
También clasifica como falta grave no acudir a una convocatoria para representar a Cuba en eventos internacionales o mostrarse “apático o desinteresado” en integrar el equipo nacional, sin causa justificada. La disposición reúne estas conductas con otras infracciones relacionadas con la disciplina y el comportamiento de los participantes.
Las reglas específicas de la 65 Serie permiten, bajo determinadas condiciones, incorporar a peloteros contratados a título personal en el exterior. El apartado 1.6 exige que no hayan abandonado delegaciones o contratos federativos, que no estén cumpliendo sanciones, que posean pasaporte cubano o carné de identidad y que obtengan la aprobación de la CNB, previa solicitud a la provincia donde desean jugar.
El artículo 56 del anexo disciplinario faculta a la CNB, oído el parecer de la Federación, para incluir en las listas a jugadores, árbitros, directivos u otras personas de interés. Puede hacerlo en cualquier momento, “bajo su única discreción” y en los términos y condiciones que considere apropiados.
El artículo 55 establece que un jugador incluido en alguna de esas listas que abandone el país sin consentimiento de la FCB no podrá ser contratado por un club extranjero durante tres años. Añade que el club deberá pagar una tasa de liberación, aunque no especifica su importe ni detalla en ese pasaje un mecanismo para hacer cumplir la restricción en otras ligas.
Apariencia personal, uniformes y equipamiento
Las funciones del director incluyen exigir el porte y aspecto de los atletas y prohibir “pelados y melenas extravagantes”. El documento no define qué características corresponden a esa descripción.
Las reglas de uniformidad también prohíben salir a recibir al lanzador portando toallas y presentarse en el terreno después del partido con la camisa por fuera o la gorra al revés. Para el incumplimiento de ese apartado se establece una advertencia inicial y la expulsión si se insiste.
La expulsión lleva como sanción inicial un partido adicional de suspensión. La reincidencia eleva la penalidad a un mínimo de dos encuentros, mientras los casos considerados de mayor gravedad se remiten al reglamento disciplinario.
En materia de equipamiento, la sección técnica exige bates de madera de una sola pieza y prohíbe los combinados. A continuación introduce una excepción al autorizar “los bates compuestos teammate que fueron entregados por la FCBS”, sin desarrollar una explicación técnica sobre esa autorización.
La aplicación del reglamento corresponde a la estructura nacional y provincial del béisbol. La CNB asume la dirección, organización y realización de la Serie en representación de la Federación y del INDER, mientras los responsables provinciales deben estudiar, aplicar y exigir el cumplimiento de las disposiciones.

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